Resbalón y Caída en un Negocio de la Florida: Qué Tiene Que Probar Realmente

El estatuto del que nadie ha oído decide estos casos: usted debe probar que el negocio sabía, o debía saber, del peligro. Esto es lo que se necesita y por qué la velocidad gana.

Esta es la verdad incómoda sobre los casos de resbalones y caídas en la Florida: lastimarse en el piso de alguien, incluso gravemente, no es suficiente. La legislatura escribió un estatuto que decide la mayoría de estos casos antes de que un jurado los escuche, y la mayoría de los lesionados nunca ha oído de él.

El Estatuto Que Decide Estos Casos

La sección 768.0755 de los Estatutos de la Florida rige las caídas por una sustancia extraña transitoria en un establecimiento comercial: la bebida derramada, el agua de lluvia arrastrada, el refrigerador que gotea. Para ganar, la persona lesionada debe probar que el negocio tenía conocimiento real o constructivo de la condición peligrosa y debió remediarla. Conocimiento real significa que lo sabían. El conocimiento constructivo debe probarse circunstancialmente, mostrando que la condición existió el tiempo suficiente para que el cuidado ordinario la encontrara, o que ocurría con tal regularidad que era previsible.

Qué Significa en la Práctica

Piense qué evidencia podría probar cuánto tiempo estuvo un charco en el piso. Video de vigilancia mostrando cuándo apareció y cuántos empleados pasaron al lado. Registros de inspección o limpieza mostrando cuándo se revisó el área por última vez, o que el horario existía solo en papel. Marcas de pisadas y suciedad a través del derrame sugiriendo su antigüedad. Reportes de incidentes previos mostrando que el mismo refrigerador goteaba cada semana. Nada de esa evidencia le pertenece a usted. Toda le pertenece al negocio, y buena parte se evapora con calendario.

La Carrera Que Usted No Sabía Que Corría

Los sistemas de vigilancia comerciales normalmente sobrescriben el video en ciclos cortos. Lo más valioso que hace un abogado en la primera semana de un caso de caída es enviar una demanda de preservación que obliga al negocio a retener el video, los registros y los reportes antes de que el borrado rutinario se los lleve. Hemos visto casos fuertes volverse imposibles de probar porque la persona esperó dos meses para llamar. El plazo de prescripción por negligencia es generalmente de dos años bajo la sección 95.11(5)(a), pero el plazo de la evidencia se mide en días.

El Manual de la Defensa, Anticipado

  • "No tuvimos aviso." El ataque directo bajo la sección 768.0755: sin prueba de cuánto tiempo existió el peligro.
  • "Era abierto y obvio." El argumento de que la condición era tan visible que usted debió evitarla.
  • "Usted no miraba." Culpa comparativa bajo la sección 768.81: su recuperación baja según su porcentaje de culpa, y pasado el 50 por ciento desaparece.
  • "Usted ya estaba lesionado." Historial médico previo ofrecido para explicar la lesión.

Cada uno tiene respuesta, pero las respuestas se construyen con evidencia reunida temprano: fotos de la escena, nombres de testigos, documentación médica pronta y video preservado.

Si Usted Se Cayó

Repórtelo de inmediato y pida que quede documentado. Fotografíe la sustancia, el área, la iluminación y sus zapatos. Consiga contactos de testigos, incluyendo nombres de empleados. Vea a un médico ese mismo día. Luego, antes de cualquier declaración grabada, háblenos. Nuestra práctica de responsabilidad de locales trabaja estos casos por contingencia, en español y en inglés, y la primera conversación no cuesta nada.

Este artículo es información legal general, no asesoría legal sobre su situación específica. Las referencias son a los Estatutos de la Florida publicados al momento de escribir.

Dominic L. Scheer, Esq., fundador de Scheer Legal

Dominic L. Scheer, Esq. es el fundador de Scheer Legal, un bufete boutique del sur de la Florida que sirve a Miami-Dade, Broward, Palm Beach y Monroe en español y en inglés. Su práctica abarca planificación patrimonial, derecho empresarial, consultor jurídico externo, gravámenes de construcción, derecho marítimo, lesiones personales y litigios civiles. Más sobre Dominic.

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