Calculadora de Plazos de Gravamen de Construcción de la Florida

Ingrese las fechas de su proyecto y obtenga los plazos del Capítulo 713 que controlan sus derechos: el Aviso al Propietario, el reclamo de gravamen y la demanda de ejecución. Gratis, bilingüe y creada por un abogado de gravámenes de la Florida.

La ley de gravámenes de construcción de la Florida corre con tres relojes que no perdonan. Si pierde el primero, puede quedarse sin gravamen. Si pierde el segundo, el gravamen nunca nace. Si pierde el tercero, un gravamen válido expira en silencio. Ingrese sus fechas abajo y vea exactamente dónde está parado.

Esta calculadora ofrece información general basada en los plazos del Capítulo 713 de los Estatutos de la Florida. No es asesoría legal, no cubre todas las situaciones (la terminación del contrato, los materiales fabricados especialmente, los proyectos con fianza y el momento de los pagos pueden cambiar sus plazos), y usarla no crea una relación abogado-cliente con Scheer Legal. Para plazos en los que pueda confiar, haga que un abogado de construcción de la Florida revise sus hechos.

Dominic sobre los plazos estrictos de gravamen (en inglés) · More on YouTube. The video loads from YouTube when you press play.

¿Cuánto Tiempo Tiene un Contratista Para Registrar un Gravamen en la Florida?

El reclamo de gravamen debe registrarse a más tardar 90 días después de su suministro final de trabajo, servicios o materiales (sección 713.08(5) de los Estatutos de la Florida). El "suministro final" es su último trabajo real del contrato, no visitas de garantía ni retoques posteriores. Contar desde la fecha equivocada es la forma más común de perder derechos de gravamen, y si el contrato directo fue terminado bajo la sección 713.07(4), la ventana puede cerrar antes.

El Aviso al Propietario: 45 Días, y Antes de lo Que Cree

Si usted no tiene contrato directo con el propietario (subcontratistas, sub-subcontratistas y proveedores), la Florida exige entregar un Aviso al Propietario antes de comenzar o dentro de los 45 días del primer suministro (sección 713.06(2)(a)). Entregarlo tarde, o no entregarlo, es una defensa completa contra su gravamen. Hay una segunda trampa: el NTO debe llegar en todo caso antes de que el propietario desembolse el pago final tras la declaración jurada del contratista. En una obra que cierra rápido, su plazo real puede ser mucho menor a 45 días. Los trabajadores están exentos.

Un Año Para Demandar, a Veces Solo 60 Días

Un gravamen registrado dura 1 año desde el registro salvo que usted presente una demanda de ejecución (sección 713.22(1)). El propietario puede reducirlo a 60 días notificando un Aviso de Impugnación (sección 713.22(2)); un gravamen no demandado en esos 60 días se extingue automáticamente. Los abogados de propietarios usan esto constantemente. Si le llega un Aviso de Impugnación, el reloj es real y corto.

Por Qué Estos Plazos Son Estrictos

Los tribunales de la Florida exigen cumplimiento estricto de los plazos del estatuto de gravámenes; la sección 713.06(2)(f) lo dice expresamente para los plazos de aviso. Los argumentos de equidad rara vez mueven estas fechas. Lo que lo protege es un calendario, no un argumento en el tribunal después.

Scheer Legal maneja gravámenes de construcción en la Florida en Miami-Dade, Broward, Palm Beach y Monroe: avisos al propietario, reclamos de gravamen, ejecución de gravámenes, defensa de propietarios y disputas de pago. Si uno de estos plazos se le viene encima, contáctenos y confirmamos sus fechas contra sus documentos reales.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es mi plazo si acabo de terminar el trabajo?

Registre su reclamo de gravamen dentro de los 90 días de su suministro final bajo la sección 713.08(5) de los Estatutos de la Florida. Si necesitaba entregar un Aviso al Propietario y no lo hizo dentro de los 45 días del primer suministro, el gravamen puede ya no estar disponible.

¿Una visita de garantía reinicia mis 90 días?

Generalmente no. El suministro final es su último trabajo sustantivo del contrato. El trabajo correctivo y los detalles menores normalmente no extienden el plazo, y contar con ellos es cómo se pierden derechos.

Nunca envié el Aviso al Propietario. ¿Todavía tengo derechos?

Si no tenía contrato directo con el propietario y no es trabajador, un NTO tardío o faltante es una defensa completa contra su gravamen bajo la sección 713.06(2)(a). Si el suyo era necesario depende de su papel en el proyecto. Vale una llamada corta antes de asumir cualquier cosa.

El propietario me notificó un Aviso de Impugnación. ¿Ahora qué?

Su ventana para demandar baja a 60 días desde la notificación bajo la sección 713.22(2). Los gravámenes no demandados dentro de esa ventana se extinguen automáticamente. Trátelo como urgente.

¿Esta calculadora es asesoría legal?

No. Aplica los plazos generales del estatuto a las fechas que usted ingresa. Los plazos reales pueden cambiar con la terminación del contrato, proyectos con fianza, materiales fabricados especialmente y el momento de los pagos. Haga que un abogado de construcción de la Florida confirme sus fechas.

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