Abogado de Accidentes de Embarcaciones para el Sur de la Florida y los Cayos

Colisiones de embarcaciones, accidentes de motos acuáticas, lesiones en charters e incidentes en muelles, desde la Bahía de Biscayne hasta Key West. Una práctica de lesiones personales con verdadera fluidez en derecho marítimo.

El sur de la Florida y los Cayos tienen las aguas recreativas más activas del país. Eso también las hace de las más peligrosas. Cuando un día en el agua termina con una lesión seria, el caso que sigue no se parece en nada a un reclamo de accidente de auto, y tratarlo igual es la forma de perder un buen caso.

Por Qué los Casos de Navegación Son Diferentes

En el agua no hay PIP. No hay reporte de choque de una parada de tráfico. Los casos de lesiones en embarcaciones combinan estatutos de la Florida, derecho marítimo federal y pólizas de seguro escritas para embarcaciones, no para vehículos. Cuál ley aplica puede cambiar los plazos, los daños disponibles y hasta el tribunal que escucha el caso. Aquí es donde nuestro bufete es realmente diferente: Scheer Legal también practica derecho marítimo, así que el caso de lesiones y el análisis marítimo viven bajo el mismo techo.

Deberes de Reporte Que Muchos No Conocen

Bajo la sección 327.30 de los Estatutos de la Florida, el operador de una embarcación involucrada en un accidente debe dar aviso sin demora a la Comisión de Conservación de Pesca y Vida Silvestre (FWC), al alguacil del condado o a la policía local cuando el accidente involucra una lesión que requiere tratamiento más allá de primeros auxilios inmediatos, una muerte o desaparición, o daños aparentes de al menos $2,000. Abandonar la escena de un accidente náutico con lesiones es un delito grave de tercer grado. Estos reportes oficiales y la investigación de la FWC suelen convertirse en la columna vertebral del caso civil; una razón más para involucrar a un abogado temprano.

Casos Que Manejamos

  • Colisiones de embarcaciones entre botes, o contra marcadores de canal, bancos de arena, espigones y muelles.
  • Accidentes de motos acuáticas, incluyendo alquileres con instrucción o mantenimiento inadecuados.
  • Lesiones en charters y botes de tour: pesca, buceo, fiestas de sandbar y paseos turísticos.
  • Lesiones en muelles, marinas y al abordar, donde la responsabilidad de locales y los conceptos marítimos se cruzan.
  • Negligencia del operador: exceso de velocidad, daños por estela, operación bajo influencia y operadores de alquiler sin experiencia.

Plazos: Más Cortos de lo Que Cree, y No Siempre Iguales

Un reclamo por negligencia bajo la ley de la Florida generalmente debe presentarse dentro de dos años bajo la sección 95.11(5)(a). Pero cuando aplica el derecho marítimo federal, pueden regir plazos y requisitos de aviso diferentes, y algunos boletos de charter intentan acortar los plazos por contrato. Lo único seguro después de una lesión seria en el agua es tener sus plazos confirmados por escrito, temprano, para sus hechos específicos.

Quién Puede Ser Responsable

Estos casos suelen involucrar más partes responsables de lo que la gente espera: el operador, el dueño de la embarcación (que puede no ser el operador), una empresa de alquiler o charter, un taller de mantenimiento, una marina o un fabricante. Las reglas de culpa comparativa de la sección 768.81 aplican a los reclamos por negligencia, así que espere que la defensa argumente que usted asumió el riesgo o contribuyó al accidente. El expediente que construimos responde a eso.

Cómo Trabajamos Estos Casos

  • Honorarios de contingencia para reclamos de lesiones: el honorario sale de la recuperación, solo si la hay, con los costos explicados por escrito desde el inicio.
  • Fluidez marítima. Hablamos el idioma de embarcaciones, registros, charters y seguros marinos porque lo practicamos.
  • Aguas locales. La Bahía de Biscayne, el Intracoastal, Haulover, los Cayos. Conocer dónde ocurren estos casos importa.
  • Representación bilingüe, español e inglés, de principio a fin.

Si se lesionó en el agua, lea nuestra guía sobre reclamos por accidentes náuticos, o empiece con nuestra página de lesiones personales.

Preguntas Frecuentes

¿Los accidentes de embarcaciones deben reportarse en la Florida?

Sí, en las situaciones definidas por la sección 327.30 de los Estatutos de la Florida: lesiones que requieren más que primeros auxilios inmediatos, una muerte o desaparición, o daños de al menos $2,000 requieren aviso sin demora a la FWC, al alguacil o a la policía local. Abandonar la escena de un accidente con lesiones es un delito grave.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por una lesión náutica?

Los reclamos por negligencia en la Florida generalmente tienen un plazo de dos años, pero los casos náuticos pueden regirse por el derecho marítimo federal con plazos diferentes, y algunos contratos de charter intentan acortarlos. Confirme sus plazos reales con un abogado temprano.

Me lesioné en una moto acuática alquilada. ¿Tengo caso?

Posiblemente. Las empresas de alquiler tienen deberes de instrucción, condición del equipo y a quién ponen en el agua. Las exenciones que usted firmó no siempre son ejecutables, especialmente si el operador fue negligente. Traiga los papeles y le daremos una respuesta directa.

El dueño del bote es mi amigo. ¿Tengo que demandarlo personalmente?

Normalmente la conversación real es con su aseguradora, no con su bolsillo. La mayoría de las pólizas de embarcaciones existen precisamente para esto. Manejamos estas situaciones con el cuidado que la relación merece, y le diremos honestamente si un reclamo no vale la pena.

¿Cuánto cuesta contratarlos?

Los casos de lesiones náuticas son por contingencia: no hay honorario de abogado salvo que recuperemos. Los costos y gastos se explican por escrito antes de firmar.

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