Acuerdos de accionistas, operativos y de compraventa para empresas de la Florida

Acuerdos de Accionistas, Operativos y de Compraventa para Empresas de la Florida

Desde el momento en que un negocio tiene dos dueños, necesita una respuesta por escrito a cuatro preguntas: quién decide, a quién se le paga qué, qué pasa cuando alguien se va y qué pasa cuando alguien fallece. Este es el paquete de documentos que las responde.

Respuesta rápida: Una corporación de la Florida con más de un dueño debe tener estatutos sociales (bylaws), un acuerdo de accionistas (autorizado por la sección 607.0732 de los Estatutos de la Florida) y disposiciones de compraventa entre socios. Una LLC de la Florida necesita la misma protección en un solo acuerdo operativo (regido por la sección 605.0105). Sin ellos, se aplican las reglas predeterminadas de la ley de la Florida, la participación de un dueño que se va o que fallece termina donde la ley o su patrimonio la manden, y un bloqueo 50/50 no tiene más salida que el tribunal. Redactamos o revisamos el paquete completo con un honorario fijo cotizado por escrito.

La mayor parte del trabajo corporativo que nos llega no es una empresa nueva. Es una empresa que lleva años funcionando con un apretón de manos, unos estatutos descargados cuando se formó el negocio y un acuerdo operativo que nadie ha leído desde entonces. Entonces algo cambia: un socio quiere salir, se agrega un cónyuge como dueño, entra un inversionista, un fundador se enferma. Se sacan los documentos del cajón y no responden la pregunta. Ese es el momento en que normalmente recibimos la llamada. Conviene hacerla un año antes.

Dominic explica por qué el acuerdo operativo es el documento que realmente dirige su empresa (video en inglés, con subtítulos). · @scheerlegal

Los Documentos y Lo Que Hace Cada Uno

Estatutos sociales (corporaciones)

Los estatutos sociales (bylaws) son el reglamento interno de la corporación: cómo se convocan las reuniones de accionistas y de directores, quiénes son los funcionarios y qué pueden firmar, cómo se cuentan los votos, cómo se llevan los registros. Toda corporación de la Florida debería tenerlos, y los bancos, los arrendadores y los compradores los van a pedir. Lo que los estatutos no hacen es regir la relación entre los dueños como dueños. Para eso existe otro documento.

Acuerdo de accionistas (corporaciones)

Este es el contrato entre los dueños, y la Florida le da verdadero poder. Bajo la sección 607.0732 de los Estatutos de la Florida, un acuerdo aprobado por todos los accionistas es válido aun cuando no coincida con las reglas predeterminadas de la ley corporativa. Puede eliminar o restringir la junta directiva, regir las distribuciones guarden o no proporción con la tenencia de acciones, establecer quiénes serán los directores y funcionarios, asignar el poder de voto, crear un mecanismo para romper un bloqueo y, en general, regir la relación entre los accionistas y la empresa. La ley exige formalidades: el acuerdo debe constar por escrito, estar firmado por todos los accionistas en ese momento, y su existencia debe anotarse de forma visible en los certificados de acciones. Si se omiten las formalidades, un comprador posterior de acciones que no conocía el acuerdo puede tener derecho a rescindir la compra. Nos encargamos de los certificados junto con el acuerdo.

Acuerdo operativo (LLC)

En una LLC, el acuerdo operativo cumple la función de los estatutos y del acuerdo de accionistas a la vez. La sección 605.0105 de los Estatutos de la Florida dispone que el acuerdo operativo rige las relaciones entre los miembros, los derechos y deberes de los administradores y las actividades de la empresa, y que donde guarda silencio las reglas predeterminadas de la ley llenan el vacío. La ley también fija límites: un acuerdo operativo no puede eliminar el deber de lealtad ni el deber de cuidado, no puede eliminar la obligación de buena fe y trato justo, y no puede excusar la mala fe ni la conducta dolosa, aunque sí puede definir estándares e identificar actividades específicas que no violan esos deberes. Un buen acuerdo operativo aprovecha la flexibilidad que da la ley y se mantiene dentro de los límites que traza.

Disposiciones de compraventa entre socios

Por lo general son una sección del acuerdo de accionistas u operativo, no un documento aparte, y responden la pregunta más difícil: qué pasa con la participación de un dueño en caso de muerte, incapacidad, divorcio, quiebra, jubilación o terminación. Quién tiene el derecho, o la obligación, de comprarla. Cómo se valora: una fórmula, un valor acordado cada año, un avalúo. Cómo se paga: de una sola vez, con un pagaré a plazos, con el producto de un seguro de vida. Si el dueño que se va puede competir. Estos son los términos que mantienen a una empresa fuera de los tribunales y evitan que la familia de un socio fallecido se convierta, sin quererlo, en su nuevo socio.

Qué Pasa Si No Hay Acuerdo

  • Bloqueo. Dos dueños con el 50 por ciento cada uno que no se ponen de acuerdo no tienen cómo desempatar. El remedio que da la ley es una demanda, que puede terminar en la disolución judicial de una empresa rentable.
  • Socios no deseados. El divorcio, la quiebra o la muerte de un socio pueden dejar su participación en manos de un cónyuge, un fiduciario o herederos que no tienen ninguna obligación de vendérsela a usted.
  • Sin precio. Cuando un socio se va y no hay un mecanismo de valoración, la cifra se negocia bajo presión, o se litiga.
  • Disputas sobre distribuciones. Sin términos por escrito, los dueños que aportaron distintas cantidades de dinero, tiempo y riesgo quedan sujetos a reglas predeterminadas que los tratan a todos por igual.
  • Fricción con prestamistas y compradores. Un banco, un inversionista o un comprador va a pedir estos documentos en la debida diligencia. No tenerlos le resta poder de negociación.

Cómo Conectar la Empresa con Su Plan Patrimonial

Aquí es donde un bufete que ejerce tanto el derecho empresarial como la planificación patrimonial demuestra su valor. El acuerdo de compraventa entre socios decide qué pasa con su participación cuando usted fallece; su fideicomiso revocable decide quién recibe lo que produzca esa compraventa. Si los dos documentos los redactaron personas distintas que nunca hablaron entre sí, chocan: el fideicomiso dice que las acciones van a sus hijos, el acuerdo operativo dice que las transferencias a quienes no son miembros son nulas, y su familia pasa un año averiguando cuál manda. Redactamos las disposiciones de transferencia para que el fideicomiso sea un cesionario permitido, coordinamos el seguro de vida que financia la compra con las designaciones de beneficiarios del plan patrimonial, y nos aseguramos de que el fiduciario sucesor tenga la autoridad que exige el acuerdo operativo. Lea más en nuestra nota sobre la planificación de sucesión empresarial en la Florida, o vea cómo encaja el fideicomiso revocable.

Para Quién Es

  • Dos o más fundadores que forman una nueva corporación o LLC y quieren dejar por escrito las conversaciones difíciles mientras todos todavía se llevan bien.
  • Empresas existentes con acuerdos desactualizados, descargados o inexistentes que necesitan un paquete corporativo completo: estatutos, acuerdo de accionistas u operativo, términos de compraventa, resoluciones de organización y certificados o registros de miembros en orden.
  • Empresas familiares que incorporan a la siguiente generación, agregan a un cónyuge o planifican la salida de un fundador.
  • Prácticas profesionales, incluidas prácticas médicas, dentales y otras con licencia organizadas como asociaciones profesionales o PLLC, donde las restricciones de propiedad y los términos de compra tienen que funcionar con las reglas de licencia.
  • Empresas que incorporan a un inversionista y necesitan restricciones de transferencia, derechos de información y disposiciones de protección negociadas, no simplemente aceptadas.

Cómo Trabajamos

  • Una reunión con todos los dueños. Repasamos los puntos de decisión en grupo para que el acuerdo refleje lo que ustedes realmente decidieron, no lo que suponía una plantilla.
  • Honorario fijo, por escrito. Redactar o revisar un paquete corporativo completo es trabajo de alcance definido, así que usted recibe una cotización por escrito antes de que empecemos. Vea cómo funcionan nuestros honorarios.
  • Firma electrónica y un registro completo. Acuerdos firmados, resoluciones, certificados y un libro de actas que puede entregarle a un banco o a un comprador.
  • Asesoría continua si la desea. Muchos clientes pasan a un anticipo mensual de consultor jurídico externo una vez que tienen la base en orden.
  • En inglés y en español, incluidos acuerdos entre dueños que no comparten el mismo idioma materno.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre los estatutos, un acuerdo de accionistas y un acuerdo de compraventa entre socios?

Los estatutos son las reglas internas de funcionamiento de la corporación: reuniones, funcionarios, mecánica de votación. Un acuerdo de accionistas es un contrato entre los dueños que puede modificar las reglas corporativas predeterminadas bajo la sección 607.0732 de los Estatutos de la Florida, y cubre control, distribuciones, bloqueo y restricciones de transferencia. Un acuerdo de compraventa entre socios, que a menudo es una sección del acuerdo de accionistas u operativo y no un documento aparte, establece qué pasa con la participación de un dueño en caso de muerte, incapacidad, divorcio, quiebra o salida, y cómo se valora y se paga.

¿Necesito un acuerdo de accionistas si ya tengo estatutos?

Si la empresa tiene más de un dueño, casi siempre sí. Los estatutos no restringen quién puede convertirse en accionista, no ponen precio a una compra de participación y no resuelven un bloqueo 50/50. Esos son exactamente los problemas que terminan con las sociedades, y se resuelven en el acuerdo de accionistas, no en los estatutos.

¿Una LLC de la Florida necesita un acuerdo operativo?

La Florida no lo exige para formar la LLC, pero bajo la sección 605.0105 de los Estatutos de la Florida, el acuerdo operativo rige las relaciones entre los miembros y los asuntos de la empresa, y donde guarda silencio se aplican las reglas predeterminadas de la ley. Esas reglas casi nunca son las que los socios habrían elegido. A una LLC de un solo miembro también le conviene tener uno, principalmente para documentar que la empresa es distinta de su dueño.

¿Qué pasa con la participación de mi socio si fallece?

Sin un acuerdo de compraventa entre socios, la participación pasa por el patrimonio de su socio a quien la herede, que puede ser un cónyuge o hijos adultos que nunca han trabajado en el negocio y que quizás no quieran hacerlo. Un acuerdo de compraventa entre socios le da a la empresa o a los dueños sobrevivientes el derecho o la obligación de comprar la participación a un precio definido, a menudo financiado con un seguro de vida, para que a la familia se le pague y el negocio continúe.

¿Puede un acuerdo de accionistas eliminar la junta directiva o cambiar cómo se reparten las ganancias?

Sí, en el caso de una corporación de la Florida. La sección 607.0732 permite expresamente que un acuerdo de accionistas aprobado por todos los accionistas elimine o restrinja la junta directiva, rija las distribuciones aunque no guarden proporción con la tenencia de acciones, establezca quiénes serán los funcionarios y directores, y fije un mecanismo para romper un bloqueo. El acuerdo debe constar por escrito, estar firmado por todos los accionistas en ese momento, y su existencia debe anotarse en los certificados de acciones.

Tenemos un acuerdo operativo viejo. ¿Pueden revisarlo en lugar de empezar de cero?

A menudo sí. Revisamos el acuerdo existente frente a la ley vigente y frente a cómo funciona el negocio hoy, y luego lo enmendamos y reformulamos o lo reemplazamos. En cualquier caso, cotizamos un honorario fijo por escrito antes de empezar.

¿Cuánto cuesta un acuerdo de accionistas u operativo?

Son documentos de alcance definido, así que cotizamos un honorario fijo por escrito después de una breve consulta. El honorario depende del número de dueños, de si se incluyen disposiciones de compraventa y de financiación, y de si redactamos desde cero o revisamos lo que ya existe.

Ponga el acuerdo entre socios por escrito antes de necesitarlo.

Envíenos lo que tenga, aunque no sea nada. Le diremos qué falta y le cotizaremos la solución.

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