Cómo nombrar un tutor para sus hijos en Florida

Cómo Nombrar un Tutor para sus Hijos en Florida

Si algo le pasa a usted, ¿quién cría a sus hijos, y quién tiene permiso para tomar decisiones por ellos mañana por la mañana? Florida les da a los padres herramientas específicas para responder eso por escrito. La mayoría de las familias nunca ha firmado ninguna.

Respuesta rápida: Los padres en Florida pueden nombrar a la persona que criará a sus hijos menores firmando una declaración de tutor preneed bajo la sección 744.3046 de los Estatutos de Florida, ante dos testigos, y presentándola ante el secretario del tribunal. Cuando haga falta, el tribunal debe presumir que su elección es la correcta. Sin ella, decide un juez. Por separado, una designación de sustituto de atención médica para un menor permite que un adulto de confianza tome decisiones médicas por su hijo mientras usted está vivo pero no disponible, y un fideicomiso con disposiciones para menores mantiene el dinero fuera de las manos del hijo hasta la edad que usted elija.

De todas las conversaciones de planificación patrimonial que tenemos con padres de niños pequeños, esta es la que les quita el sueño. También es la que más se posterga, porque no se ponen de acuerdo en el nombre, o porque se siente morboso, o porque suponen que el testamento lo resuelve. Los documentos en sí son cortos. Lo que toma tiempo es pensarlo bien, y en eso lo acompañamos.

Qué Pasa Si No Hace Nada

Si el último padre sobreviviente fallece o queda incapacitado y no hay nada por escrito, un tribunal de Florida nombra al tutor. Bajo la sección 744.312 de los Estatutos de Florida, el juez da preferencia a los familiares por sangre o matrimonio y a personas con la experiencia y la capacidad para hacer el trabajo, y escucha a un hijo de 14 años o más. Lo que el juez no puede hacer es leerle la mente. Si su hermana y su suegra presentan peticiones, el tribunal decide entre ellas, en público, en un expediente que sus hijos algún día podrán leer. Las familias que se llevan de maravilla en las fiestas no siempre se llevan bien en una sala de tutelas.

La Declaración de Tutor Preneed: La Herramienta Principal de Florida

La sección 744.3046 de los Estatutos de Florida permite que ambos padres, o el padre sobreviviente, nominen un tutor preneed de la persona, de los bienes, o de ambos, para cada hijo menor. Los requisitos son específicos y vale la pena cumplirlos al pie de la letra:

  • Debe ser una declaración escrita que identifique a los padres y a la persona nombrada.
  • Debe firmarse en presencia de dos testigos que estén presentes al mismo tiempo.
  • Debe incluir de cada hijo el nombre completo tal como aparece en el certificado de nacimiento (o según orden judicial), la fecha de nacimiento y el número de Seguro Social si lo tiene.
  • Puede nombrar un alterno para el caso de que su primera opción no pueda o no quiera servir.
  • La declaración se presenta ante el secretario del tribunal, quien la conserva hasta que se necesite o hasta que todos los hijos nombrados sean mayores de edad.

Cuando la declaración se presenta en un procedimiento tras el fallecimiento o la incapacidad del último padre sobreviviente, crea una presunción refutable de que el tutor elegido tiene derecho a servir. El tribunal no está obligado si esa persona resulta no estar calificada, pero el punto de partida es su decisión, no la del juez. El tutor preneed asume sus funciones de inmediato y luego tiene 20 días para pedir al tribunal que confirme el nombramiento, prestar juramento y rendir fianza si el tribunal la exige.

¿Tutor en el Testamento, Tutor Suplente o Declaración Preneed?

Con frecuencia nos preguntan cuál necesitan. Así encajan las tres.

Nombrar al tutor en el testamento

La sección 744.312(3)(c) exige que el tribunal considere a cualquier persona designada como tutor en un testamento en el que el menor sea beneficiario. Es útil, y cada testamento que redactamos para padres lo incluye. La limitación es que el testamento solo habla al fallecer, solo después de admitirse en sucesión, y no dice nada sobre qué pasa si usted está vivo pero incapacitado.

La declaración de tutor preneed

Es el documento descrito arriba. Es independiente del testamento, queda archivado ante el secretario antes de que algo salga mal, y aplica tanto al fallecimiento como a la incapacidad del último padre sobreviviente. Para la mayoría de las familias, este es el documento central.

Un tutor suplente nombrado por el tribunal

Bajo la sección 744.304 de los Estatutos de Florida, los padres pueden pedirle al tribunal ahora que nombre un tutor suplente (standby guardian), con un alterno si lo desean. El tutor suplente ya fue revisado y aprobado por un juez, y queda facultado para asumir de inmediato cuando el último tutor natural sobreviviente fallece o es declarado incapacitado; luego pide la confirmación dentro de los 20 días. Cuesta más porque implica una petición y una audiencia, pero para un padre con un diagnóstico serio, o cuando una situación familiar conflictiva hace probable una pelea, tener la aprobación de antemano vale mucho.

Decisiones Mientras Usted Está Vivo pero No Disponible

Las leyes de tutela se activan con el fallecimiento o la incapacidad. No sirven para la situación mucho más común en la que usted simplemente no está: una hospitalización, un viaje largo, un trabajo en el extranjero o, para muchas familias del Sur de la Florida, el temor a una detención migratoria o una deportación. Para esas situaciones Florida ofrece otro conjunto de documentos.

  • Designación de sustituto de atención médica para un menor. La sección 765.2035 de los Estatutos de Florida permite que un padre o tutor legal designe a un adulto competente para tomar decisiones de salud por el menor. Debe ser por escrito, firmada ante dos testigos adultos, y la persona designada no puede ser testigo. Puede nombrar un alterno, y salvo que el documento diga otra cosa, sigue vigente hasta que usted la revoque.
  • Autorizaciones escritas para un cuidador. Las escuelas, los médicos y los viajes funcionan con papeles. Preparamos las autorizaciones que un adulto de confianza necesita para inscribir a su hijo, recogerlo, consentir atención de rutina y viajar con él, coordinadas con la designación de sustituto para que nada se contradiga.

Seremos directos sobre lo que estos documentos pueden y no pueden hacer. Ninguno transfiere la custodia legal y ninguno reemplaza a un abogado de inmigración. Lo que sí logran es que al adulto en quien usted confía no lo rechacen en el mostrador de un hospital ni en la oficina de una escuela el peor día en la vida de su familia.

El Tema del Dinero: Fideicomisos para Hijos Menores

Nombrar a quien cría a sus hijos es la mitad del plan. La otra mitad es quién controla el dinero, porque un menor no puede administrar una herencia directamente. Bajo la sección 744.301(2) de los Estatutos de Florida, un padre puede recibir y manejar hasta $15,000 en total para un hijo sin intervención del tribunal; más allá de eso, generalmente se requiere una tutela de bienes supervisada por el tribunal, con el papeleo y las rendiciones de cuentas que eso implica. La mayoría de los padres prefiere un fideicomiso en vida revocable con disposiciones para menores: el fideicomiso recibe el seguro de vida, la casa y las cuentas para beneficio de los hijos, un fiduciario elegido por usted paga sus necesidades, y cada hijo recibe el saldo a la edad que usted fije, no a los 18.

El tutor y el fiduciario no tienen que ser la misma persona, y muchas veces no deberían serlo. El familiar que sería un padre maravilloso no siempre es el familiar a quien usted quiere manejando varios cientos de miles de dólares de seguro de vida, y poner a dos personas distintas en esos roles crea un control natural. Le ayudamos a pensar ambas decisiones, incluyendo qué pasa si su primera opción para cualquiera de los roles se muda, se divorcia o simplemente no puede cuando llegue el momento.

Cómo lo Manejamos

  • Una conversación, luego los documentos. Una consulta breve para entender a su familia, y luego una cotización de honorario fijo por escrito, ya sea para la declaración sola o para un plan completo que la incluya.
  • Presentada, no solo firmada. Nos encargamos de presentarla ante el secretario para que la declaración quede realmente archivada donde el tribunal la encontrará.
  • Coordinada con el resto del plan. El tutor nombrado en el testamento, la declaración preneed, la designación de sustituto de salud y el fideicomiso nombran a las mismas personas en el mismo orden, para que no haya ambigüedad que un juez tenga que resolver.
  • En español y en inglés. Cada documento explicado, y cada pregunta respondida, en el idioma en que su familia se sienta más cómoda.

Para el panorama completo, vea nuestra página de planificación patrimonial en Florida.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa con mis hijos en Florida si ambos padres fallecen sin nombrar un tutor?

Lo decide un juez. El tribunal nombra al tutor que considere apto y calificado, dando preferencia a los familiares y tomando en cuenta la opinión de un hijo de 14 años o más, pero nadie está obligado a respetar su preferencia porque usted nunca la dejó por escrito. Una declaración de tutor preneed bajo la sección 744.3046 de los Estatutos de Florida crea una presunción a favor de la persona que usted nombró.

¿Basta con nombrar al tutor en mi testamento?

Ayuda, y la sección 744.312(3)(c) obliga al tribunal a considerar al tutor nombrado en un testamento en el que el menor sea beneficiario. Pero el testamento solo habla al fallecer y solo cuando llega al tribunal. Una declaración de tutor preneed separada, presentada ante el secretario del tribunal bajo la sección 744.3046, también cubre la incapacidad del último padre sobreviviente y goza de una presunción legal a favor de su elección. Normalmente hacemos ambas cosas.

¿Cuáles son los requisitos de la declaración de tutor preneed en Florida?

Bajo la sección 744.3046, ambos padres, o el padre sobreviviente, firman una declaración escrita nombrando al tutor en presencia de dos testigos que estén presentes al mismo tiempo. La declaración debe identificar a cada hijo con su nombre legal completo, fecha de nacimiento y número de Seguro Social si lo tiene. Luego se presenta ante el secretario del tribunal. También puede nombrar un tutor alterno.

¿Cuál es la diferencia entre un tutor preneed y un tutor suplente (standby)?

El tutor preneed es nominado por los padres en una declaración escrita que se presenta ante el secretario; no hay audiencia hasta que se necesite. El tutor suplente bajo la sección 744.304 lo nombra el tribunal ahora, a petición de los padres, de modo que esa persona ya cuenta con aprobación judicial y puede asumir de inmediato cuando el último padre sobreviviente fallece o es declarado incapacitado. Ambos deben pedir la confirmación del tribunal dentro de los 20 días de asumir.

Me preocupa ser detenido o deportado. ¿Una designación de tutor protege a mis hijos?

Las leyes de tutela se activan con el fallecimiento o la incapacidad del padre, no con la detención ni la deportación, así que la declaración de tutor preneed por sí sola no resuelve ese problema. Florida sí permite que un padre firme una designación de sustituto de atención médica para un menor bajo la sección 765.2035, que autoriza a un adulto de confianza a tomar decisiones médicas por su hijo, y hay otras autorizaciones escritas que podemos preparar para que un cuidador pueda actuar por sus hijos en una emergencia. Le diremos con claridad qué puede y qué no puede hacer cada documento.

¿La misma persona debe criar a mis hijos y manejar su dinero?

No necesariamente. La ley de Florida permite separar la tutela de la persona de la tutela de los bienes, y muchas familias colocan el dinero en un fideicomiso con un fiduciario que sabe de finanzas mientras otra persona cría a los hijos. Dividir los roles suele ser lo más sano para todos.

¿Cuánto cuesta nombrar un tutor para mis hijos?

Las designaciones de tutor son trabajo de alcance definido, así que cotizamos un honorario fijo por escrito después de una consulta breve, ya sea como declaración independiente o como parte de un plan patrimonial con testamento o fideicomiso. La consulta inicial es gratuita. Vea cómo funcionan nuestros honorarios.

Deje el nombre por escrito.

Una consulta breve, una cotización fija por escrito y una declaración archivada ante el secretario. Ese es todo el proceso.

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